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18/08/2025
Al rechazar recurso de nulidad
Corte de Concepción ratificó absolución de oficial de Carabineros imputado por apremios ilegítimos en el estallido social
A más de cinco años de ocurridos los hechos y luego que el Ministerio Público recurriera de nulidad ante el fallo unánime que absolvió a Luis Mahuzier, el tribunal de alzada dejó a firme la sentencia, ratificando que el -en ese entonces- mayor de Carabineros actuó acorde a todos lo protocolos de uso de la fuerza.
Por Victoria Haquin V.;
Defensoría Regional del Biobío.
La Corte de Apelaciones de Concepción comunicó su decisión de rechazar un recurso de nulidad interpuesto por el Ministerio Público en contra de una sentencia previa del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Concepción, que absolvió al oficial de Carabineros Luis Mahuzier de los cargos que se formularon en su contra como autor de un delito de apremio ilegítimo cometido en el contexto del llamado estallido social.
En junio recién pasado, en un fallo unánime. el Tribunal Oral en lo Penal de Concepción determinó la absolución del oficial de Carabineros -representado por los defensores penales públicos Claudio Vigueras y Osvaldo Pizarro-, a quien el Ministerio Público imputaba cargos por apremios ilegítimos con lesiones graves gravísimas, solicitando una condena superior a 10 años.
Los hechos ocurrieron el 22 de octubre de 2019 en Chiguayante, cuando Mahuzier -en ese entonces mayor de Carabineros- se vio obligado a utilizar una escopeta antidisturbios para repeler el intento de saqueo a un supermercado y la agresión al personal policial, contexto en que un camarógrafo resultó con lesiones oculares.
ACTUAR AJUSTADO A PROTOCOLO
El defensor público Claudio Vigueras explicó que la decisión de la Corte “viene simplemente a ratificar que mi representado actuó conforme a los protocolos y reglas que regulan el uso de la fuerza, que no ejecutó acto ilícito alguno y mucho menos un delito y, por lo tanto, que la decisión del tribunal oral en lo penal -a su vez- está completamente correcta y bien fundada”, señaló.
Vigueras destacó también que “de esta manera, viene a hacerse justicia después de más de cinco años desde la ocurrencia del hecho, para establecer de manera definitiva e inamovible que mi representado actuó de manera correcta”.
En el fallo de primera instancia de este caso se estableció que “la prueba de cargo, consistente en prueba testimonial, pericial, documental, material y otros medios de pruebas, principalmente audios y videos, resultó insuficiente para acreditar, más allá de toda duda razonable, la existencia del ilícito antes señalado”.
CIRCUNSTANCIAS EXCEPCIONALES
Tras el fallo, los defensores públicos indicaron que, a pesar de que una persona fue lamentablemente herida, con un impacto personal y familiar, el hecho no fue consecuencia de una utilización ilegal o arbitraria del arma antidisturbios, tampoco de un uso excesivo de la fuerza, sino de uno ajustado a las circunstancias excepcionales que en ese minuto se vivían, lo que se vio ratificado con la decisión del tribunal de alzada penquista de rechazar la nulidad del juicio.
La absolución definitiva del oficial y el trabajo realizado por la Defensoría fue difundido por distintos medios de comunicación:
https://www.latercera.com/nacional/noticia/corte-confirma-absolucion-de-carabinero-imputado-de-apremios-ilegitimos-por-lesion-ocular-de-camarografo-en-protesta/
https://www.canal9.cl/episodios/noticias/2025/05/29/absuelto-oficial-acusado-de-grave-lesion-ocular-jueces-habrian-concluido-un-uso-racional-de-la-fuerza
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