Defensa de género

La Defensoría Penal Pública ha trabajado en diversos ámbitos para superar las desigualdades históricas y estructurales que afectan el acceso a la justicia desde la perspectiva de género. Como institución pública, consideramos que es nuestro deber velar por la aplicación del principio de igualdad y no discriminación en los casos de todas las personas que representamos.

Por lo mismo, la instalación de distintos modelos de defensa especializada y estándares básicos de atención a mujeres y personas de las disidencias sexuales responde a una necesidad de visibilización y corrección de tales discriminaciones.

Con ello se busca incentivar el adecuado desarrollo de destrezas y conocimientos en quienes prestan defensa penal, orientados a la mejor defensa de este y otros grupo vulnerables, fortaleciendo así el cumplimiento de los objetivos estratégicos institucionales.

También se necesita dar cuenta de que estas discriminaciones generan tipos de violencias específicas en contra de las mujeres y de las personas que pertenecen a los colectivos LGTBIQA+.

En este sentido, procuramos que al interpretar las disposiciones legales, el sistema penal asuma un rol que visualice estas discriminaciones y violencias y se haga cargo de ellas, recurriendo a los instrumentos específicos que existen en el derecho –nacional e internacional- para aplicarlos al caso concreto.

 

DERECHOS DE LA MUJER PRIVADA DE LIBERTAD 

  • Contar con una defensora o defensor penal público.
  • Si eres imputada, debes estar separada de las personas condenadas.
  • Estar separada de los hombres.
  • Que los tribunales adopten medidas para cuidar tu integridad y evitar agresiones y otros malos tratos.
  • Mantener contacto con tu familia y tus hijas o hijos, especialmente si éstos se encuentran fuera del recinto penitenciario.
  • Convivir en espacios dignos.
  • Recibir una alimentación adecuada.
  • Tener elementos de higiene personal y acceso a servicios sanitarios dignos.
  • Atención en salud, tal como la reciben las mujeres que no se encuentran privadas de libertad.
  • Tener acceso efectivo a atenciones de salud ginecológicas, reproductivas y sexuales.

DERECHOS DE LA MUJER PRIVADA DE LIBERTAD EMBARAZADA O CON HIJOAS(AS) MENORES DE DOS AÑOS 

  • Mantenerse juntos en instalaciones acondicionadas para ello (secciones materno-infantiles).
  • Contar con instalaciones apropiadas para mujeres embarazadas, en período de posparto y/o lactancia.
  • No sufrir medidas de aislamiento y/o represión física.
  • Recibir atención en salud durante el embarazo, parto y posparto, al igual que las mujeres que se encuentran en libertad.
  • A no recibir malos tratos antes, durante y después del parto y a no ser sancionada.
  • Ser acompañada en el parto por el familiar que tú decidas y que no esté privado(a) de libertad.

 

Defensa indigena




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