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01/06/2026
En el Congreso
Defensora Nacional advierte problema de proporcionalidad en proyecto que aumenta penas por rayados y daños a monumentos nacionales
Verónica Encina expuso ante la Comisión de Seguridad Ciudadana de la Cámara de Diputadas y Diputados, y planteó que, si se modifica la legislación vigente, la respuesta penal debe mantenerse dentro del marco de los simples delitos y respetar el principio de proporcionalidad.
Por Alexis Matamala Olavarría,
Defensoria Nacional.
La Defensora Nacional, Verónica Encina Vera, expuso ante la Comisión de Seguridad Ciudadana de la Cámara de Diputadas y Diputados, en el marco de la discusión del proyecto de ley que “modifica el Código Penal y la Ley N° 17.288 sobre Monumentos Nacionales, para aumentar las sanciones y restringir la aplicación de penas sustitutivas respecto del delito daños a la propiedad, causados mediante rayados, marcas y otras acciones similares” (Boletín N° 17.403-07).
Durante su intervención, la Defensora Nacional explicó que la iniciativa busca elevar las penas aplicables cuando el daño consiste en efectuar rayados, fijar mensajes, figuras u otras expresiones mediante marcadores o pintura, tanto en bienes públicos o privados como en monumentos nacionales.
Si bien sostuvo que el proyecto puede presentar una coherencia interna al aumentar las sanciones en ambos cuerpos normativos, advirtió que, al analizarlo dentro del conjunto del ordenamiento penal, surge “un problema grave de proporcionalidad” respecto de otros delitos que protegen bienes jurídicos de mayor entidad.
En particular, Encina observó que la propuesta de modificar el artículo 38 de la Ley de Monumentos Nacionales podría llevar la sanción hasta presidio mayor en su grado mínimo, esto es, penas de crimen. A su juicio, ello asimilaría estas conductas a ilícitos que afectan bienes jurídicos especialmente relevantes, como delitos contra la vida, delitos sexuales o delitos contra la propiedad de carácter pluriofensivo, como el robo con fuerza en lugar habitado o el robo con violencia o intimidación.
“Si se estimase razonable, desde el punto de vista político criminal, sancionar con una pena superior al delito de daños simples cuando el medio comisivo sea el rayado, debiésemos enmarcarnos siempre dentro del marco penal del simple delito, o sea, nunca exceder los cinco años”, sostuvo.
La Defensora Nacional agregó que el propio sistema de delitos de daños ya contempla una graduación de penas según el valor de la propiedad afectada y que, incluso en figuras calificadas por determinados medios comisivos, el marco penal no excede el presidio menor. Por ello, enfatizó que cualquier modificación debe guardar coherencia con la estructura general del Código Penal.
PENAS SUSTITUTIVAS
Asimismo, la jefa nacional de la defensa pública se refirió a la propuesta de restringir la aplicación de penas sustitutivas, incorporando una regla similar a la conocida como 'Ley Emilia', que impide acceder a beneficios durante el primer año de cumplimiento efectivo.
Sobre este punto, sostuvo que una medida de ese tipo resultaría aún más problemática desde la perspectiva de la proporcionalidad, considerando que dicha regla fue concebida para casos de manejo en estado de ebriedad con resultado de lesiones graves o muerte.
La Defensora Nacional planteó también que el endurecimiento de penas no necesariamente resolvería los problemas de persecución penal asociados a este tipo de hechos, ya que los rayados suelen producirse en contextos de manifestaciones, tumultos o durante la noche, lo que dificulta la identificación de las personas responsables, salvo que existan registros audiovisuales u otros medios eficaces de investigación.
En esa línea, indicó que si el objetivo es reducir estas conductas, podrían evaluarse mecanismos más eficaces y proporcionales, como multas más altas, mejor persecución mediante cámaras u otras medidas investigativas, y la aplicación efectiva de las sanciones ya existentes, sin superar el marco de los simples delitos.
Finalmente, advirtió que impedir la aplicación de penas sustitutivas podría generar un impacto negativo en el sistema penitenciario, al aumentar el número de personas privadas de libertad en un contexto de hacinamiento carcelario, además de implicar mayores costos para el Estado.
“Como Defensoría entendemos que, si ha de hacerse alguna modificación, debe ser siempre dentro del marco del presidio menor”, concluyó.
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