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09/10/2024

El Ministerio Público había solicitado ocho años de presidio tras acusarlo de un robo en lugar habitado

Defensa pública logró absolver a representado que estuvo diez meses en prisión preventiva por uin delito que no cometió

La defensora pública Ana-Karem Gonzalez demostró que “ese día se encontraba sujeto a la medida cautelar de arresto total en su domicilio”.

Por Sandra Reyes L.,
Defensoría Regional de Valparaíso.

Por unanimidad, el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Los Andes absolvió a una persona que, durante la fase de investigación, estuvo diez meses en prisión preventiva, acusada de un robo en lugar habitado supuestamente cometido el 2 de noviembre de 2023 en la comuna de Rinconada de Los Andes.

El Ministerio Público solicitó la pena corporal de ocho años de presidio mayor en su grado mínimo, más las accesorias previstas en el artículo 2 del Código Penal, que se determinara la huella genética del acusado para registro de ADN si procediere y que se le condenara al pago de las costas.

ARRESTO TOTAL EN DOMICILIO
Durante el juicio oral, la defensora penal pública Ana-Karem Gonzalez Casajova planteó que ese día, su reprersentado "se encontraba sujeto a arresto total en su domicilio, junto a su padre y su hermano, donde acude Carabineros, quienes le solicitaron la firma para llevar el registro del control de la medida cautelar”.

La abogada afirmó también que “ese día mi representado nunca salió de su domicilio, nunca ingresó al domicilio del denunciante y nunca cometió el delito por el cual está siendo acusado en la presente causa. Por eso es que se cuestiona su participación en los hechos”.

FALENCIAS DE PRUEBA
En su sentencia, los magistrados resolvieron que “considerando las falencias de la prueba testimonial de descargo, anotadas precedentemente, se estiman insuficientes las dos fotografías satelitales incorporadas”.

Agregaron que, “conforme lo expuesto y razonado precedentemente, si bien la prueba de descargo no resultó suficiente para satisfacer la tesis alternativa propuesta por la defensa; ello, sin embargo, resulta irrelevante a la luz de las falencias de la prueba de cargo producida en el juicio oral, de la que, como se analizó en los considerandos anteriores, solamente puede devenir la absolución del acusado”.

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