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12/05/2026

Proyecto de ley sobre juicio oral en ausencia:

Defensoría advierte riesgos para el debido proceso en proyecto que permite dictar sentencia sin presencia del acusado

El asesor legislativo de la Defensoría Penal Pública, Leonardo Moreno, expuso ante la comisión que analiza el proyecto que modifica el Código Procesal Penal para regular la continuidad del juicio oral y permitir la dictación de sentencia definitiva ante la incomparecencia injustificada del acusado.

Por Alexis Matamala Olavarría, 
Defensoría Nacional. 

El asesor legislativo de la Defensoría Penal Pública, Leonardo Moreno, expuso hoy en Valparaíso ante la comisión legislativa que continúa el estudio del proyecto que modifica el Código Procesal Penal para regular la continuidad del juicio oral y permitir la dictación de sentencia definitiva ante la incomparecencia injustificada del acusado, contenido en el Boletín N° 18.208-25.

Durante su intervención, Moreno planteó observaciones críticas a la iniciativa y recordó que el modelo procesal penal chileno está construido sobre la centralidad del juicio oral, instancia en la que se materializan garantías esenciales del debido proceso como la contradicción de la prueba, la inmediación y la participación activa de la persona imputada en la resolución del conflicto penal.

En esa línea, advirtió que la presencia del acusado en el juicio no constituye una mera formalidad, sino una garantía directamente vinculada al derecho a defensa. “El defensor técnico no reemplaza ni subroga al imputado”, sostuvo, al explicar que la defensa material —como el derecho a ser oído, a declarar, a controlar la prueba y a comunicarse con su defensa— es de titularidad de la persona imputada y no puede ser ejercida íntegramente por su abogado.

El representante de la Defensoría señaló también que el reconocimiento progresivo de derechos a las víctimas en el proceso penal no puede traducirse en un debilitamiento de las garantías de la persona imputada. Según explicó, el fortalecimiento de la participación de las víctimas debe ser compatible con el respeto al debido proceso y con el derecho de toda persona a ser juzgada estando presente en el juicio que se sigue en su contra.

MODELOS COMPARADOS
Moreno cuestionó, además, las referencias al derecho comparado utilizadas para fundamentar la propuesta. Indicó que los modelos citados responden a supuestos excepcionales o de menor gravedad, que no serían equivalentes a la regulación que se pretende incorporar en Chile. En particular, mencionó que en algunos países el juicio en ausencia se vincula a delitos gravísimos, como crímenes de lesa humanidad, o bien a delitos leves o de baja penalidad, mientras que la propuesta chilena alcanzaría hipótesis con penas de hasta cinco años.

Otro de los puntos centrales de su exposición fue que el problema identificado por la iniciativa —la existencia de órdenes de detención pendientes por incomparecencia— corresponde principalmente a un desafío de gestión y ejecución de esas órdenes, no a una deficiencia estructural del juicio oral. “El problema denunciado es un problema de gestión de las órdenes de detención, no es un problema del juicio oral”, afirmó.

Finalmente, el asesor legislativo expresó preocupación por la regulación de los recursos contemplada en el proyecto. A su juicio, permitir que una persona juzgada en ausencia pueda quedar sin recurso una vez transcurrido determinado plazo desde la dictación de la sentencia tensiona gravemente el debido proceso. Agregó que, en el derecho comparado, este tipo de regulaciones suele reconocer la posibilidad de un nuevo juicio, mientras que en Chile el recurso de nulidad tiene un carácter excepcional, formal y sujeto a causales estrictas.

Al cerrar su intervención, Leonardo Moreno manifestó la disposición de la Defensoría Penal Pública para seguir participando en la discusión legislativa, especialmente durante el debate en particular del proyecto.

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