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24/04/2026

En la región del Biobío

La Defensoría presentó amparo ante decisión de aplazar dos meses el juicio de adolescentes en el 'Caso Grollmus'

La acción constitucional fue interpuesta para proteger los derechos del adolescente representado por la defensora penal pública Katherine Valdés, frente a una reiterada, prolongada y arbitraria suspensión del juicio oral y la extensión indebida de su internación provisoria.

Por Victoria Haquin V.,
Defensoría Regional del Biobío.
 

El 30 de marzo de este año, al conocer una acción constitucional de amparo deducida por la defensora penal pública Katherine Valdés, la Corte Suprema, ordenó la realización del juicio oral de los menores imputados en el 'Caso Grollmus' para el 22 de abril, de manera de hacer efectiva la obligación establecida por la Ley de Responsabilidad Penal Adolescente (LRPA) de que sean juzgados dentro de plazos razonables  

Sin embargo, como explicó el Defensor Regional del Biobío, Osvaldo Pizarro, “el Tribunal Oral de Cañete desobedeció esa orden y postergó de oficio el juicio por otros dos meses”, es decir hasta el 23 de junio próximo, “vulnerando gravemente la ley y los derechos de nuestro representado, que ya acumula 492 días privado de libertad”. 

POSTERGACIÓN ILEGAL Y ARBITRARIA  
Según Pizarro, “se justificó esta decisión en una falta de jueces, argumento que es simplemente inaceptable, porque la propia ley contempla mecanismos de suplencia e integración para asegurar que los tribunales sigan funcionando”, señaló.  

El directivo insistió en que la decisión del tribunal oral incumple la sentencia firme de la Corte Suprema, que ordenó realizar el juicio en una fecha específica, y no puede justificarse por dificultades administrativas previsibles. Por lo mismo, Osvaldo Pizarro explicó que "presentamos una nueva acción de amparo constitucional, para que esta situación sea corregida con urgencia por los tribunales superiores de justicia, frente a este flagrante incumplimiento de la ley". 

SOLICITUDES Y MEDIDAS 
En el recurso se solicita que se deje sin efecto la resolución del Tribunal de Cañete y se ordene la realización del juicio oral en un plazo no superior a 10 días, contados desde la resolución que acoja este amparo. 

Agrega que, "además, y siperjuicio de ordenarse lo anteriorcomo medida correctiva y compensatoria se ordene el cese de la internación provisoria del adolescente se sustituya por medidas menos gravosas, como arresto domiciliario total, vigilancia o presentación periódica, para garantizar la comparecencia y proteger sus derechos". 

En el amparo se requiere también remitir estos antecedentes -asociados a la gestión administrativjudicial- a la autoridad competente, para investigar posibles responsabilidades disciplinarias, dada la evidencia sobre deficiencias en la programación y coordinación del tribunal. 

Cabe recordar que este juicio ya ha sido postergado en tres oportunidades anteriores y que se desarrolla de manera separada al de los otros 17 formalizados, tras la decisión del propio Ministerio Público de separar investigación. 

La información y los alcances de esta decisión arbitraria e ilegal fueron dados a conocer a través de distintos medios de comunicación, en notas de prensa que pueden revisarse en adjunto.

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