Sala de Prensa

19/08/2024

Se trata de una persona de Taltal privada de libertad, quien enfrenta un grado avanzado de la enfermedad

Defensora penitenciaria logró que enfermo de cáncer cumpla pena en su domicilio

A través de una acción de amparo constitucional interpuesta en la Corte de Apelaciones de Antofagasta, la defensora pública Francheska Araya Carvajal logró, con el apoyo de su colega Camila Leonicio -quien alegó el recurso-, que un condenado tenga acceso a cuidados y condiciones más favorables, atendido su grave estado de salud.

Por Julia Arriagada Márquez,
Defensoría Regional de Antofagasta.

Tras la negativa del Tribunal de Garantía de Taltal de permitir la sustitución de la privación de libertad de un interno del Centro de Detención Preventiva (CDP) de dicha ciudad por un arresto domiciliario total, la defensora penitenciaria Francheska Araya Carvajal agotó las instancias para que su representado, afectado por un cáncer avanzado, pueda cumplir pena en su domicilio hasta que pueda postular a la libertad condicional.

Esta situación fue expuesta primeramente en una audiencia de cautela de garantías, ocasión en que la defensora pública exhibió los antecedentes clínicos de su representado y manifestó que actualmente se encuentra con el beneficio de salida controlada al medio libre y salida de fin de semana, pero que debe pernoctar en el penal, desde donde ha debido ser trasladado a un centro asistencial por presentar fuertes dolores. Agregó que, incluso, en junio pasado debió ser derivado al Hospital Regional de Antofagasta.

No obstante, el tribunal de garantía arguyó que el sujeto fue condenado por el Tribunal Oral de Antofagasta a una pena de 10 años de presidio mayor en su grado mínimo, por el delito de tráfico ilícito de estupefacientes, y que lo solicitado por la defensa pública excedía las facultades que por ley tiene el tribunal, ya que significa ejercer una función distinta a la jurisdiccional.

ACCIÓN DE AMPARO
Frente a ello, la defensora penitenciaria presentó una acción de amparo ante la Corte de Apelaciones, donde la defensora pública Camila Leonicio concurrió con iguales antecedentes y manifestó que el diagnóstico del condenado lo mantiene con constantes necesidades de atención médica, múltiples consultas al servicio de urgencia y, pese a todo, debe presentarse cada noche a pernoctar en el CDP, donde en diversas ocasiones el personal penitenciario ha debido gestionar su derivación por presentar fuertes dolores. Además, incorporó un informe social que daba cuenta del arraigo del amparado en la ciudad de Taltal.

Con estos antecedentes, más lo expuesto por las defensoras públicas, la Corte resolvió que la situación de salud del amparado, en el contexto de privación de libertad, hace más gravoso el cumplimiento de la pena efectiva que le fue impuesta, pues afecta su dignidad y pone en riesgo su integridad física y su salud, perturbando su seguridad individual. Por lo tanto, acogió la acción constitucional y permitió que el hombre pueda cumplir su condena en su domicilio hasta la conclusión de proceso de libertad condicional al que debe postular.

“Este fallo es bastante inédito, ya que sustituye el cumplimiento de la pena hasta la postulación de la libertad condicional. Celebramos la situación de que nuestro representado tenga la posibilidad de estar acompañado de su familia en su actual estado de salud”, finalizó la defensora pública.

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